La aplicación del modelo establecido en la Constitución, en sus siete años de vigencia —tal como lo ha apreciado el propio presidente Chávez— ha evidenciado, ante la realidad y las exigencias colectivas de avanzar en la construcción de la participación protagónica que la misma anuncia, algunos obstáculos, así como contradicciones inmersas en ella, como de la realidad política que se ha venido configurando en el país con la participación popular. Los obstáculos, entre otros, están representados por la todavía existencia de instancias de intermediación burocráticas, tanto sociales: como los partidos políticos; e institucionales: como las presentes en el aparato gubernamental; las cuales se interponen entre el colectivo y el verdadero ejercicio del poder por parte de las mayorías. De igual manera, resulta innegable la presencia, en la Constitución y en las leyes derivadas de ella, de algunas disposiciones, que en el campo económico se enfrentan a la construcción de una sociedad orientada a la preeminencia de los sectores populares.
En tanto, que entre las contradicciones que se manifiestan en las disposiciones de la Carta Magna, se evidencian, entre otras, la estipulada en el artículo 5, según la cual “la soberanía reside en el pueblo”, quien la ejercerá en las formas previstas en esa Constitución, frente a otras disposiciones de la misma que niegan tal condición, ya que le colocan limitantes a esa facultad soberana, resultando así dichas disposiciones, antidemocráticas. Ante tal situación, el presidente Hugo Chávez ha propuesto la Explosión del Poder Comunal o Popular, la cual debe conducir a la profundización —constitucional y legal— del régimen del Poder Popular, para avanzar hacia la instauración de la Hegemonía Popular; es decir: el gobierno de las mayorías populares, que dicho sea, ya se inició con la creación de los consejos comunales, pero para su desarrollo y consolidación se amerita que a los mismos, y demás instancias similares que en los otros niveles de la sociedad se establezcan, se les dote de la suficiente capacidad para ir desplazando las estructuras burocráticas heredadas del Estado capitalista, asumiendo sus roles en una nueva concepción.
¿Quiénes son las mayorías? Fundamentalmente los venezolanos y las venezolanas pertenecientes a los denominados sectores “D” y “E” (pobres) y el denominado sector “C” (clase media baja), pero también buena parte de aquellos que —como resultado de un proceso de alienación— se creen del sector “B” (clase media alta), cuando en realidad son clase a medias. Pero estas mayorías, para poder avanzar en la construcción del Poder Popular, deben interpretarse y asumirse como tales en su conjunto, y no en la perversidad divisorial y sectaria de formas como el sindicalismo o el gremialismo, que son herencias del partidismo (de parte, fracción), que si tienen razón de ser en un régimen capitalista, en uno colectivista son contrarias a la unidad y organización popular.
De este modo, se habrá de establecer nuevas modalidades asociativas, cuya participación y exigencias se canalicen a través de las instancias de participación y decisión ciudadana, que al corresponder a las comunidades y formar parte todos los ciudadanos y las ciudadanas a las mismas, en ellas, desde ellas y por ellas, el beneficio colectivo implique el logro individual.
Ulises Daal. Diputado a la Asamblea Nacional (Falcón)
Integrante de la Casa del Socialismo del Siglo XXI
En tanto, que entre las contradicciones que se manifiestan en las disposiciones de la Carta Magna, se evidencian, entre otras, la estipulada en el artículo 5, según la cual “la soberanía reside en el pueblo”, quien la ejercerá en las formas previstas en esa Constitución, frente a otras disposiciones de la misma que niegan tal condición, ya que le colocan limitantes a esa facultad soberana, resultando así dichas disposiciones, antidemocráticas. Ante tal situación, el presidente Hugo Chávez ha propuesto la Explosión del Poder Comunal o Popular, la cual debe conducir a la profundización —constitucional y legal— del régimen del Poder Popular, para avanzar hacia la instauración de la Hegemonía Popular; es decir: el gobierno de las mayorías populares, que dicho sea, ya se inició con la creación de los consejos comunales, pero para su desarrollo y consolidación se amerita que a los mismos, y demás instancias similares que en los otros niveles de la sociedad se establezcan, se les dote de la suficiente capacidad para ir desplazando las estructuras burocráticas heredadas del Estado capitalista, asumiendo sus roles en una nueva concepción.
¿Quiénes son las mayorías? Fundamentalmente los venezolanos y las venezolanas pertenecientes a los denominados sectores “D” y “E” (pobres) y el denominado sector “C” (clase media baja), pero también buena parte de aquellos que —como resultado de un proceso de alienación— se creen del sector “B” (clase media alta), cuando en realidad son clase a medias. Pero estas mayorías, para poder avanzar en la construcción del Poder Popular, deben interpretarse y asumirse como tales en su conjunto, y no en la perversidad divisorial y sectaria de formas como el sindicalismo o el gremialismo, que son herencias del partidismo (de parte, fracción), que si tienen razón de ser en un régimen capitalista, en uno colectivista son contrarias a la unidad y organización popular.
De este modo, se habrá de establecer nuevas modalidades asociativas, cuya participación y exigencias se canalicen a través de las instancias de participación y decisión ciudadana, que al corresponder a las comunidades y formar parte todos los ciudadanos y las ciudadanas a las mismas, en ellas, desde ellas y por ellas, el beneficio colectivo implique el logro individual.
Ulises Daal. Diputado a la Asamblea Nacional (Falcón)
Integrante de la Casa del Socialismo del Siglo XXI
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Etiquetas: 2-Reforma Constitucional
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